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| Formación,
Investigación y Estudios Sanitarios |
| HOMOLOGACIÓN
DE TÍTULOS PROFESIONALES SANITARIOS EN EL ÁMBITO
DE LA UNIÓN EUROPEA |
| Servicio que
presta |
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Gestionar y acreditar títulos
y certificados de formación,
expedidos por los Estados Miembros
de la Unión Europea.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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Profesionales con formación postsecundaria
inferior a 3 años, enseñanza secundaria
o su equivalente, así como la acreditación
del ejercicio profesional en los Estados miembros
de la Unión Europea o Estado Signatario
del Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo para las profesiones enumeradas en el
Anexo IV del Real Decreto 1396/1995.
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| Organismo responsable
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Agencia Laín Entralgo para la Formación,
Investigación y Estudios Sanitarios.
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| Persona responsable
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Magdalena Benavides García de Zúñiga.
Área de Normalización, Acreditación y Desarrollo Profesional.
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| Información |
Medios de transporte |
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C/ Gran Vía, 27, pta. 6ª y 7ª.
28013 Madrid.
Tel.: 91 308 94 00 / 91 308 95 99.
Fax: 91 308 94 58 / 91 308 94 63.
E-mail: magdalena.benavides@salud.madrid.org
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Autobuses: 1, 2, 3, 40, 44, 46, 74, 75, 133,
146, 147, 148, 149, 202 y SE.
Metro: Callao y Gran Vía. |
| Horario de atención
al público |
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De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
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| Normativa
aplicable |
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- Real
Decreto 1665/91, de 25 de octubre,
que regula el sistema general de reconocimiento
de títulos de enseñanza superior
de los Estados de la Unión Europea
que exigen una formación mínima
de 3 años (BOE 22.11.91).
- Directiva
92/51/CEE, del Consejo de 18 de junio
de 1992 (DOCE 18-6-1992).
- Real
Decreto 1396/1995, de 4 de agosto,
del Ministerio de la Presidencia, por el
que se regula un segundo sistema general
de reconocimiento de formaciones profesionales
de los estados miembros de la U.E.
- Orden
de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales 794/1998, de 22 de abril
(BOCM 6.5.98), por la que se regula el procedimiento
para el reconocimiento de títulos
y certificados de formación expedidos
en los Estados miembros de la Unión
Europea en relación con los profesionales
del Sector Sanitario del Anexo IV del Real
Decreto 1396/1995.
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| Información
adicional |
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Cáp. IX - 13 |
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