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Formación, Investigación y Estudios Sanitarios

ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE CURSOS DIRIGIDOS A PROFESIONALES DEL SOCORRISMO ACUÁTICO

Servicio que presta

Normaliza, acredita los cursos y certifica las competencias profesionales de los socorristas en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural.

Población a la que va dirigido el servicio

Entidades y profesionales relacionados con la formación en socorrismo en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural.

Organismo responsable

Agencia Laín Entralgo para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios.

Persona responsable

Técnicos de la Unidad:

Secretaría:

Información Medios de transporte

C/ Gran Vía, 27, pta. 7ª.
28013 Madrid.
Tel.: 91 308 94 00 / 91 308 95 99.
Fax: 91 308 94 58 / 91 308 94 63.
E-mail: magdalena.benavides@salud.madrid.org

Autobuses: 1, 2, 3, 40, 44, 46, 74, 75, 133,
146, 147, 148, 149, 202 y SE.
Metro: Callao y Gran Vía.

Horario de atención al público

De 9 a 15 horas, de lunes a viernes.

Normativa aplicable
  • Decreto 80/1998, de 14 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad de Madrid. (BOCM 27.5.98)
  • Orden 481/2002, de 4 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen los criterios que permitan garantizar los niveles mínimos de formación del personal que preste sus servicios como Socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid.
  • Orden 601/2004, de 11 de junio, de la Consejería de Sanidad , por la que se modifica el artículo 6 y Disposición Transitoria de la Orden 481/2002.
  • Orden 1209/2004, de 6 de octubre, de la Consejería de Sanidad , por la que se modifica el artículo 5 en su apartado 3 de la Orden 481/2002.
  • Orden 1319/2006, de 27 de junio, de la Consejería de Sanidad , por la que se establecen los criterios que permitan establecer los niveles de formación del personal que preste sus servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid,
Procedimiento

Requisitos previos para realizar la actividad de Salvamento y Socorrismo Acuático: 

Para la acreditación de cursos:
  • Los centros proveedores de formación serán instituciones docentes propias o concertadas con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, instituciones auxiliares estatales reconocidas por el Real Decreto correspondiente, entidades sanitarias o docentes de la Administración Pública u otras entidades docentes reconocidas para la Agencia "Laín Entralgo" para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios.
Para la Inscripción en el Registro Profesional:
  • Haber cumplido 16 años de edad.
  • Titulación académica obligatoria del Plan de Estudios cursado.
  • Formación en Primeros Auxilios y Soporte Básico.
  • Formación en Socorrismo Acuático.

Documentación necesaria para solicitar la acreditación de cursos de formación en socorrismo acuático: 

  • Solicitud normalizada de acreditación.
  • Memoria acompañada de la siguiente documentación:
    • Programa.
    • Seguro de alumnos
    • Currículo del profesorado
    • Convenios de colaboración (cuando las instalaciones docentes del Anexo IV de la Orden 481/2002, no pertenezcan a la Institución Proveedora de la Formación)
  • Documentación final del curso:
    • Acta de calificaciones
    • Informe del Responsable o Coordinador del Curso.
    • Encuesta/Opinión de los participantes.
    • Diploma o certificado acreditativo de la superación del curso.

Documentación necesaria para solicitar la homologación de la formación de profesionales en socorrismo acuático: 

  • A presentar por el interesado:
    • Fotocopia del DNI o pasaporte.
    • Títulos de Primeros Auxilios y de Socorrismo Acuático.
    • Certificado de contenidos, pruebas físicas y horas de los dos bloques formativos de Primeros Auxilios y Socorrismo Acuático.
    • Acreditar la titulación mínima obligatoria que corresponda al plan de estudios cursados (Graduado Escolar). Si los estudios han sido cursados en el extranjero, la titulación deberá ser previamente homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia.
    • Actualización de la formación, realizada conforme el artículo 13 de la Orden 481/2002.

Documentos para la inscripción en el Registro Profesional: 

  • Solicitud de inscripción.
  • Fotocopia el DNI.
  • Título académico mínimo obligatorio del Plan de Estudios cursado.
  • Certificados de los títulos académicos relativos a la formación requerida.
  • Resolución, en su caso, de la homologación previa a la entrada en vigor de la Orden reguladora vigente.
    • Plazos legales del trámite:
      • Entidades proveedoras de formación:
        Presentación de la solicitud de acreditación: 3 meses antes del día señalado para el comienzo del curso.
      • Existe un plazo de diez días desde la notificación para subsanar o completar documentación.
      • La Resolución del Director General de la Agencia Laín Entralgo se emitirá en el plazo de dos meses, contados desde la presentación de la solicitud y documentación completa.
      • Existe un plazo de diez días desde la fecha de finalización del curso para la remisión de:
        • Acta de calificaciones.
        • Informe del responsable del curso.
        • Cuestionario de opinión de los participantes.
        • Certificado de aptitud.
    • Forma de tramitación:
      • Presentación de la solicitud en el Registro oficial de la Agencia Laín Entralgo (C/ Gran Vía, 27, 28013 Madrid) o a través de las formas previstas en el Art. 38.4 de la Ley 41999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o por los medios informáticos, electrónicos o telemáticos del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre.
Información adicional
 

Cáp. IX - 12