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| Farmacia
y Productos Sanitarios |
| SERVICIOS
FARMACÉUTICOS EN CENTROS SANITARIOS Y SOCIO-SANITARIOS.
AUTORIZACIÓN |
| Servicio que
presta |
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- Autorizaciones de Servicios Farmacéuticos
en cualquier tipo de Centro Sanitario y Socio-sanitario.
- Nombramiento de farmacéuticos.
- Denuncias.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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- Responsables de los Centros Sanitarios y
Socio-sanitarios.
- Población general.
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| Organismo responsable |
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Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.
Servicio de Ordenación Farmacéutica.
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| Información |
Medios de transporte |
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C/ Recoletos, 1, 1ª.
28001 Madrid.
Tel.: 91 426 92 91.
Fax: 91 426 90 48.
E-mail: orden.farm@salud.madrid.org
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Autobuses: 2, 5, 14, 27, 28, 37, 45, 53, 146
y 150.
Metro: Banco de España, Colón y Retiro.
Tren: Recoletos.
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| Horario de
atención al público |
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De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
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| Normativa
aplicable |
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- Ley
19/1998, de Ordenación y Atención
Farmacéutica de la Comunidad de Madrid.
- Decreto
110/1997, sobre Autorización
de Centros, Servicios y Establecimientos
Sanitarios.
-
Anexos I y II de la Orden 11 de febrero de
1986.
-
Orden 1131/1994, de 21 de noviembre, sobre
incorporación y definición de nuevas tipologías de
Centros, Servicios Establecimientos Sanitaros.
- Orden
de 1 de febrero de 1977 del Ministerio
de la Gobernación, por la que se regulan
los Servicios Farmacéuticos de hospitales.
- Circular 93/80 de la Dirección General
de Farmacia y Medicamentos sobre Servicios Farmacéuticos
Hospitalarios: Normas Recomendables sobre Locales
y Utillaje Mínimo para su Solicitud y
Establecimiento.
- Real Decreto 175/2001, de 23 de febrero, por
el que se aprueban las normas de correcta
elaboración y control de calidad de fórmulas
magistrales y preparados oficiales.
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| Procedimiento |
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Lugar de Presentación de toda la documentación
en el Registro General de la Consejería
de Sanidad (C/ Recoletos, 1.1ª 28001 Madrid)
en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes,
y en los centros indicados en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
1. Documentación a presentar:
- Solicitud del titular de la institución,
según el Decreto 110/97, de 11 de septiembre, de
la Comunidad de Madrid
- Documentación a aportar: planos, recursos
humanos y materiales del servicio a autorizar
2. Pago de las tasas correspondientes.
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| Información
adicional |
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Cáp. V - 18 |
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