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GUÍA DE SERVICIOS

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Farmacia y Productos Sanitarios

ENSAYOS CLÍNICOS Y ESTUDIOS POST-AUTORIZACIÓN CON MEDICAMENTOS 

Servicio que presta
  • Seguimiento e inspección de ensayos clínicos y estudios postautorización con medicamentos que se realicen en el ámbito de la Comunidad de Madrid, velando por el respeto a los derechos fundamentales de los pacientes incluidos en los mismos.
  • Acreditación de los Comités Éticos de Investigación Clínica.
  • Evaluación y autorización de estudios post-autorización realizados con medicamentos.
Población a la que va dirigido el servicio
  • Promotores de ensayos clínicos y de estudios post-autorizaciones realizados con medicamentos.
  • Centros de Investigación por contrato (CRO).
  • Investigadores.
  • Comités Éticos de Investigación Clínica.
  • Población en general.
Organismo responsable

Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.
Subdirección General de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios.

Información Medios de transporte

C/ Recoletos, 1, 2ª planta.
28001 Madrid.
Tel.: 91 426 92 29
Fax: 91 426 92 16
E-mail: control.farmaceutico@salud.madrid.org

Autobuses: 2, 5, 14, 27, 28, 37, 45, 53, 146 y 150.
Metro: Banco de España, Colón y Retiro.
Tren: Recoletos.

Horario de atención al público

De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Normativa aplicable
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE 14.12.99).
  • Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (BOE 15.11.02).
  • Declaraciones de Helsinki de junio de 1964 y posteriores revisiones.
  • Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina, hecho en Oviedo el 4 de abril de 1967.
  • Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se establecen los requisitos sobre la realización de ensayos clínicos con medicamentos (BOE 07.02.04). Vigente a partir del 1 de mayo de 2004.
  • Decreto 39/1994, de 28 de abril (BOCM 16.5.94) del Consejo de Gobierno por el que se regula las competencias de la Comunidad de Madrid en materia de ensayos clínicos con Medicamentos.
  • Real Decreto 711/2002, de 19 de junio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano, dedicado a los estudios post-autorización. (Artículo 18).
  • Orden 730/2004, de 30 de junio, del Consejero de Sanidad , por la que se establecen los requisitos para la realización de estudios postautorización de tipo observacional con medicamentos en la Comunidad de Madrid.
Información adicional
Datos de interés
Derechos de los pacientes incluidos en un ensayo clínico:
  • Respeto de los derechos fundamentales de la persona.
  • Derecho a la intimidad personal y a la confidencialidad de sus datos.
  • Derecho a ser informado de los objetivos del estudio, beneficios, incomodidades
    y riesgos previstos, alternativas posibles, derechos y responsabilidades.
  • A dar su consentimiento informado como garantía de su participación
    voluntaria en el ensayo.
  • Derecho a que exista un seguro que cubra los posibles daños que puedan
    resultar para el paciente como consecuencia de su participación en
    el ensayo.
  • Derecho a retirarse del proyecto en cualquier momento.

Cáp. V - 11