| Servicio que presta |
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El transporte sanitario es aquel
que se realiza para el desplazamiento de personas
enfermas, accidentadas o por otra razón
sanitaria en vehículos especialmente acondicionados
al efecto.
Están excluidos los traslados de pacientes de domicilio a domicilio o
que hayan causado alta voluntaria en un centro asistencial.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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- Enfermos beneficiarios del
Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid.
- Afectados por urgencias
y emergencias sanitarias (Servicio prestado
por SUMMA 061), con independencia al
derecho a la prestación.
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| Organismo responsable |
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| Persona responsable |
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Centros de Asistencia Primaria
y de Asistencia Especializada.
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| Información |
Medios de transporte |
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SUMMA 112
C/ Antracita 2, bis
28045 Madrid
Tel.: 91.426 59 00/53 53
Fax: 91.426 53 36
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Autobuses: 62 y 148
Metro: Legazpi
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| Horario de atención
al público |
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De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
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| Normativa aplicable |
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- Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la Cartera de Servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización
- Resolución de 18 de febrero 2005, de la
Dirección General del Servicio Madrileño de Salud,
por la que se delegan competencias en materia de
transporte sanitario terrestre.
- Protocolo de utilización.
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| Procedimiento |
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- Se presentará la tarjeta
individual sanitaria que acredita ser beneficiario
del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid,
excepto en situaciones de urgencia, donde se
realizará el servicio independientemente
al derecho de la prestación.
- Se presentará la solicitud
cumplimentada por el facultativo que indica la
prescripción.
- La solicitud se realizará a
través de Centros de Asistencia Primaria
y de Asistencia Especializada.
- El servicio urgente se prestará a
través del SUMMA 061.
- Tanto los Centros o Servicios Sanitarios de
origen y/o destino, como el facultativo prescriptor,
deberán ser propios, convenidos o concertados con la
Dirección General del Servicio Madrileño de la
Salud.
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Información adicional |
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- www.madrid.org/sanidad
- Centralita SUMMA 112: 91 338 75 55
- Información y At. al Paciente: 91 400 00 00 (ver
Ficha III-0 de esta Guía)
- Agencias Sanitarias (ver Ficha III-16 de esta
Guía)
- Teléfono 012 de Información General de la
Comunidad de Madrid.
- E-mail:
atencionalciudadano@madrid.org
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| Datos de Interés |
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- Cuando un usuario tenga derecho a asistencia
sanitaria con cargo al Servicio Madrileño de la
Salud y el transporte se efectúe desde otra
Comunidad Autónoma, la solicitud deberá ser
autorizada previamente por el Centro de Mando de
Transporte Sanitario.
- Si el paciente que estando ingresado
en un Centro de la Red de la Comunidad de
Madrid, desea trasladarse a otra Comunidad Autónoma
por motivos de índole personal
o familiar, no podrá autorizarse el
traslado con cargo al Servicio Madrileño
de la Salud, debiendo hacerse cargo del mismo
el propio enfermo.
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