DIRECTORIO

GUÍA DE SERVICIOS

DEFENSOR DEL PACIENTE AYUDA MUTUA ENLACES A HOSPITALES
     
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Atención al Paciente 

ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD

Servicio que presta

Es la puerta de entrada a los Servicios de Salud, donde se inicia la atención sanitaria y se resuelven gran parte de los problemas de salud y garantiza la continuidad de la atención a lo largo de toda la vida del ciudadano.

Población a la que va dirigido el servicio

Población general.

Organismo responsable
Persona responsable
  • Dirección General del Servicio Madrileño de la Salud.
  • Gerentes de Atención Primaria.
  • Coordinadores de Centros de Salud
Información
 
Horario de atención al público

Horario de funcionamiento de los Centros y Consultorios de Salud.

Normativa aplicable
  • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
  • RD 137/1984, de 11 de enero, sobre Estructuras Básicas de Salud.
  • Ley 16/2003, de 28 de mayo de Cohesión y Calidad del servicio Nacional de Salud.
Procedimiento
  • • Para poder tener acceso a los Servicios de Atención Primaria, el ciudadano deberá solicitar la Tarjeta Sanitaria Individual en su correspondiente Centro de Salud o Agencia Sanitaria. Para ello deberá presentar el DNI, si es mayor de 14 años, y el documento de afiliación a la Seguridad Social (Ver ficha IV-8 de esta Guía)
  • En aquellos casos especiales en los que no se disponga de la documentación requerida, también deberán dirigirse al Centro de salud más cercano a su domicilio donde le informarán de los pasos a seguir.
Datos de Interés

La atención primaria de salud abarca desde actividades de promoción y educación de la salud hasta la prevención de la enfermedad, cuyas prioridades se encuentran recogidas en la Cartera de Servicios, y se ocupa de la atención sanitaria a enfermedades agudas y crónicas. Además se hace cargo de la demanda de la atención urgente en su horario de funcionamiento.

Información adicional

Cáp. IV - 1