DIRECTORIO

GUÍA DE SERVICIOS

DEFENSOR DEL PACIENTE AYUDA MUTUA ENLACES A HOSPITALES
     
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Atención al Paciente 

LIBRE ELECCIÓN DE MÉDICO EN ATENCIÓN ESPECIALIZADA

Servicio que presta

Adscripción de nuevo facultativo especialista de Área, diferente al adscrito a su médico de familia o pediatra.

Población a la que va dirigido el servicio

Población de la Comunidad de Madrid con derecho a Tarjeta Individual Sanitaria.

Organismo responsable
  • Dirección General de Atención al Paciente y Relaciones Institucionales.
  • Servicio Madrileño de la Salud
Persona responsable
  • Unidades de Atención al Paciente de Centros de Especialidades Periféricas.
  • Unidades de Atención al Paciente de Hospitales.
Información Medios de transporte
  • Centro de Salud o consultorio correspondiente.
  • Centros de Especialidades
  • Hospitales.
  • Agencia Sanitaria del Área de Salud correspondiente al domicilio del solicitante.
    Telf: 91 400 00 00.
    E-mail: agenciavirtual@salud.madrid.org 

El horario de la Unidad Administrativa del centro de salud o consultorio, Centro de Especialidades, Hospitales y Agencia Sanitaria del Área de Salud correspondiente.

Normativa aplicable
  • Real Decreto 8/1996, de 15 de enero, sobre libre elección de médico en los Servicios de Atención Especializada del Instituto Nacional de la Salud (BOE 31.1.96)
  • Circular 7/93, de 6 de octubre, de la Dirección General del INSALUD, sobre instrucciones para el ejercicio del derecho de libre elección de médico.
Procedimiento
  • La solicitud deberá efectuarla el propio interesado (salvo que sea menor de edad) en el Servicio de Atención al Paciente del Centro de Especialidades Periféricas u Hospitales.
  • En el momento de la solicitud deberá presentar su Tarjeta Sanitaria Individual. Si no dispone de Tarjeta Sanitaria Individual deberá solicitarla, según el procedimiento descrito en la ficha Tarjeta Sanitaria Individual (TSI). Solicitud y tramitación (ver ficha III-2 de esta Guía)
  • .
  • En el propio Centro de Salud o Agencia Sanitaria se le proporcionará la documentación e información que precise sobre los facultativos de su Centro de Salud o Consultorio.
Información adicional
Datos de Interés
  • El usuario tiene derecho a la libre elección de facultativo especialista entre los que desarrollan actividad en las consultas externas de su Área de Salud, en las siguientes especialidades: Cardiología, Cirugía General y del Aparto Digestivo, Dermatología y Venerología, Aparato Digestivo, Endocrinología y Nutrición, Neumología, Obstetricia y Ginecología, Oftalmología, Otorrinolaringología, Traumatología, y Cirugía Ortopédica y Urología.
  • Cuando se opte por un especialista distinto al asignado a su equipo de atención primaria, en la Unidad de Atención al Paciente del Centro de Especialidades Periféricas o del Hospital de su Área le facilitarán, además de la cita, los lugares, horarios de consulta y tiempos de espera.

Cáp. III - 5