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| Atención
al Paciente |
| IMPUGNACIÓN
DEL ALTA CLÍNICO LABORAL |
| Servicio que presta |
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Recepción, tramitación, valoración
y resolución de la reclamación presentada
por un usuario contra el alta emitida por un facultativo
del Servicio Madrileño de la Salud.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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Población general.
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| Organismo responsable |
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Dirección General de Calidad,
Acreditación, Evaluación e Inspección.
Coordinación de Inspección de Servicios
Sanitarios.
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| Persona responsable |
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Coordinador de Inspección
de Servicios Sanitarios.
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| Información |
Medios de transporte |
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- Centro de Salud asignado al paciente.
- Coordinación de Inspección de Servicios
Sanitarios:
C/ Recoletos, 1, 6ª Pta.
28001 Madrid.
Tel.: 91 426 90 78.
Fax: 91 426 91 22.
E-mail:
agenciavirtual@salud.madrid.org
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Autobuses: 2, 5, 14, 27, 28, 37,
45, 53, 146 y 150.
Metro: Banco de España, Colón
y Retiro.
Tren: Recoletos.
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| Horario de atención
al público |
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De lunes a viernes, de 9 a 14
horas
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| Normativa aplicable |
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Real
Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril,
sobre Texto Refundido de la Ley de Procedimiento
Laboral, modificado según Ley de Acompañamiento
de los Presupuestos Generales de 2001 (BOE
11.4.95).
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| Procedimiento |
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- A la entrega del alta emitida
por el médico
asistencial o, de forma excepcional, por el Médico
Inspector, existe un plazo de 30 días
para que se pueda ejecutar este derecho de impugnación.
- La reclamación se formulará ante
la Inspección Médica del Área
correspondiente (previa cita telefónica)
o ante la Coordinación de Inspección
de Servicios Sanitarios (Pº Recoletos, 14,
6ª. 28001 Madrid).
- Se aportarán todos los datos que identifiquen al usuario y al
médico que emitió el alta, junto a la documentación
clínica pertinente.
- Tras la adecuada valoración por
la Coordinación de Inspección de Servicios Sanitarios,
se concluye el trámite con la Resolución del Director
General de Calidad, Acreditación, Evaluación e Inspección, que
cierra
la vía administrativa, comenzando el plazo para la demanda
ante el Juzgado de lo Social.
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Información adicional |
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- Información y Atención al Paciente: 91 400 00 00
(Ver Ficha III-0 en esta Guía), Agencias
Sanitarias
(Ver Ficha III-16 de esta
Guía).
- Teléfono 012 de Información General de la
Comunidad de Madrid.
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (I.N.S.S.):
C/ Serrano, 102. 28006 Madrid.
Telf: 91 590 71 00 y 900 166 565. Fax: 91 577 96 38.
En la
página III-25 de este
capítulo se recogen las direcciones de todas las
Agencias del INSS (Instituto Nacional de la
Seguridad Social. Oficinas de la Comunidad de
Madrid).
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| Datos de Interés |
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- Un asegurado, al recibir el
parte de alta de Incapacidad Temporal, puede
reclamar administrativamente contra la misma.
Este acto de Reclamación,
denominado Reclamación Previa, no invalida
el carácter ejecutivo del alta emitida;
es decir, el trabajador debe reincorporarse a
su puesto de trabajo al día siguiente
de su emisión.
- En el caso de altas emitidas
por facultativos de Mutuas de Accidentes
de Trabajo y Enfermedades Profesionales,
la reclamación se efectuará ante
los órganos responsables de las mismas,
pudiendo interponerse dicha reclamación
en cualquier centro asistencial de la Mutua
correspondiente.
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Cáp.
III - 21 |
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