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| Inspección
y Autorización de Centros y Servicios Sanitarios |
| PROGRAMAS
DE GARANTÍA DE CALIDAD DE MEDICINA NUCLEAR,
RADIOTERAPIA Y RADIODIAGNÓSTICO |
| Servicio que presta |
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Evaluación, certificación
y registro de los Programas de Garantía
de Calidad de las unidades asistenciales que utilizan
radiaciones ionizantes en las exposiciones médicas
para el diagnóstico y el tratamiento en
centros públicos y privados.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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Centros y servicios sanitarios públicos y privados (Unidades Asistenciales de Radiología).
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| Organismo responsable |
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Dirección General de Calidad, Acreditación,
Evaluación e Inspección.
Servicio de Calidad Sanitaria.
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| Persona responsable |
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Alfonso García Lorente
Servicio de Calidad Sanitaria |
| Información |
Medios de transporte |
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C/ Recoletos 1, 4a
28001 Madrid.
Tel.: 91 426 90 11
Fax: 91 426 91 29
E-mail: pgc.calidad@salud.madrid.org
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Autobuses: 2, 5, 14, 27, 28, 37, 45, 53, 146 y
150.
Metro: Banco de España, Colón
y Retiro.
Tren: Recoletos.
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| Horario de atención
al público |
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De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
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| Normativa aplicable |
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- Decreto legislativo 1/2002,
de 24 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de tasas y precios públicos
de la Comunidad de Madrid. (BOCM 29.10.02).
- Real
Decreto 815/ 2001, de 13 de julio,
sobre justificación de uso de radiaciones
ionizantes para la protección radiológica
de las de las personas con ocasión
de exposiciones médicas (BOE 14.7.01.).
- Real
Decreto 1976/ 1999 de 23 de diciembre
por la que se establecen los criterios
de calidad en radiodiagnóstico (BOE
n.o 311 de 29.12.99).
- Real
Decreto 1566/ 1998, de 17 de julio,
por la que se establecen los criterios de
calidad en radioterapia (BOE 28.8.98).
- Real
Decreto 1841/ 1997, de 5 de diciembre,
por el que se establecen los criterios de
calidad en medicina nuclear (BOE 19.12.97).
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| Procedimiento |
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- Deberán disponer de la autorización sanitaria de funcionamiento como Centro Sanitario, de acuerdo con el Decreto 51/2006, de 15 de junio, sobre autorización de centros, servicios y establecimientos
sanitarios (BOCM 26.6.2006). Si no dispone de ésta, deberá solicitarla previamente en el Servicio de Autorización.
- Solicitud, firmada por el titular o responsable de la instalación.
- Se pagará la tasa correspondiente y se entregará justificante junto a la solicitud.
- Se presentará el Programa de Garantía de Calidad, ajustado a los requisitos
de la normativa citada.
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Las solicitudes podrán presentarse en cualquier Registro, de la
Administración de la Comunidad de Madrid, así como de la
Administración General del Estado, de otras Comunidades Autonómas,
de los Ayuntamientos del ámbito de la Comunidad de Madrid adheridos
al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en
Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el
extranjero.
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En caso de tener que presentar documentación adjunta,
ésta deberá presentarse en cualquier Registro de la Comunidad de
Madrid y en especial en el Registro auxiliar de la Consejería de
Sanidad , C/ Recoletos, 1, 1ª planta, 28001 Madrid, en
horario de 9:00 h. a 14:00 h. de lunes a viernes, teléfonos
91.426.92.47 / 48
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| Información
adicional |
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Cáp.
II - 8 |
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