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Salud Pública y Alimentación

REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS DE TATUAJES, MICROPIGMENTACIÓN, PIERCING Y PRÁCTICAS SIMILARES DE ADORNO CORPORAL

Servicio que presta

Inscripción de los establecimientos en los que, con carácter exclusivo o junto con otras actividades, se realizan estas prácticas de adorno corporal.

Población a la que va dirigido el servicio
  • Empresas del sector.
  • Instituciones, empresas y organismos públicos o privados que precisen información al respecto.
Organismo responsable
    Dirección General de Salud Pública y Alimentación.
    Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.
Persona responsable

Consuelo Garrastazu Díaz.
Jefe de Sección de Registros de Salud Pública.

Información Medios de transporte

C/ Julián Camarillo, 6a. Planta baja
28037 Madrid.
Tel: 91 205 68 75
Fax: 91 204 49 60
E-mail: dgspa.rosp@salud.madrid.org

Autobuses: 4, 28, 38, 48, 70, 105 y 153.
Metro: Ciudad Lineal y García Noblejas.
Horario de atención al público
    De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Normativa aplicable

Decreto 35/2005, de 10 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las prácticas de tatuaje, micropigmentación, perforación cutánea (“piercing”) u otras similares de adorno corporal.

Procedimiento
  • Documentación a presentar junto con la solicitud:
    • a) Identificación fiscal de la razón social y/o del titular o representante legal.
    • b) Datos personales de los aplicadores: acreditación de haber recibido el curso de formación requerido en este Decreto o las excepciones consideradas, así como justificante de haber sido vacunados contra la hepatitis B y tétanos.
    • c) Descripción detallada de las instalaciones, adjuntando croquis-plano, indicando las distintas áreas a las que se refiere el presente Decreto.
    • d) Memoria descriptiva en la que se indiquen:
      • 1. Técnicas de tatuaje, micropigmentación, “piercing” u otras prácticas similares que se aplican.
      • 2. Productos de tatuaje (tintas) a utilizar, con su correspondiente autorización administrativa y/o material de los piercing a utilizar.
      • 3. Instrumental y medios materiales de los que se dispone.
      • 4. Métodos de esterilización y procedimientos de desinfección utilizados.
    • e) Acreditación del contrato con un gestor autorizado para la recogida y tratamiento de residuos.
    • f) Documento acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente.
Información adicional  

Cáp. I -70