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GUÍA DE SERVICIOS

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Salud Pública y Alimentación

VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

Servicio que presta
  • Notificación de Enfermedades de Declaración Obligatoria (E.D.0.).
  • Información Microbiológica
  • Red de Médicos Centinela
  • Vigilancia de Emergencias Epidemiológicas.
  • Vigilancia de las Infecciones que causan meningitis.
  • Vigilancia de la Parálisis Fláccida Aguda
  • Plan de Eliminación del Sarampión
  • Encefalopatías Espongiformes de Transmisión Humana.
  • Vigilancia Epidemiológica del VIH/SIDA
  • Vigilancia Epidemiológica de la Tuberculosis
  • Factores de Riesgo Asociados a Enfermedades No Transmisibles (SIV-FRENT).
  • Edición del Boletín Epidemiológico.
Población a la que va dirigido el servicio
    Profesionales Sanitarios relacionados con los servicios prestados, exclusivamente.
Organismo responsable
    Instituto de Salud Pública.
    Jefe de Servicio de Epidemiología.
Persona responsable
    Rosa Ramírez Fernández.
    Jefa del Servicio de Epidemiología.
Información Medios de transporte

C/ Julián Camarillo, 4.
28037 Madrid.
Tel.: 902 545 100 / 91 205 22 20
Fax: 91 205 22 49
E-mail: guadalupe.otero@madrid.org

Autobuses: 4, 28, 38, 48, 70, 105 y 109.
Metro: Ciudad Lineal y García Noblejas.
Horario de atención al público
    De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Normativa aplicable
  • Decreto 184/1996, de 19 de diciembre, por el que se crea la Red de Vigilancia Epidemiológica de la Comunidad de Madrid.
  • Orden 9/1997, de 15 de enero, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, para el desarrollo del Decreto 184/1996, de 19 de diciembre, en lo que se refiere a las Enfermedades de Declaración Obligatoria, a las Situaciones Epidémicas y Brotes, y al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) e Infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH).
  • Orden 130/2001, de 29 de marzo, del Consejero de Sanidad por la que se regula el Registro Regional de Casos de Tuberculosis como sistema específico de vigilancia epidemiológica de la tuberculosis en la Comunidad de Madrid.
Información adicional  

Cáp. I -24