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Salud Pública y Alimentación

SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

Servicio que presta
    Subvenciones a Asociaciones y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades de prevención y promoción de la salud.
Población a la que va dirigido el servicio
    Asociaciones u organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid.
Organismo responsable
    Instituto de Salud Pública.
    Servicio de Promoción de la Salud y Servicio de Prevención de la Enfermedad.
Persona responsable
  • Isabel Grandas Alonso.
  • Pilar Serra Ribas.
Información Medios de transporte

C/ Julián Camarillo, 4.
28037 Madrid.
Tel.: 902 545 100 / 91 205 23 60
Fax: 91 205 23 79
E-mail:isabel.grandas@madrid.org pilar.serra@madrid.org

Autobuses: 4, 28, 38, 48, 70, 105 y 109.
Metro: Ciudad Lineal y García Noblejas.
Horario de atención al público
    De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Normativa aplicable
    Las bases reguladoras de las Ordenes de concesión de subvenciones a proyectos de actividades de prevención de la enfermedad y promoción de la salud se rigen por la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid (BOCM 21.3.95).
Procedimiento
  • Los requisitos para acceder al servicio prestado se presentan en las bases reguladoras de las Órdenes publicadas anualmente en el BOCM en los primeros meses del año.
  • Las subvenciones serán destinadas al desarrollo de Proyectos de actuación en el campo de la prevención de la enfermedad y la promoción de la salud.
  • Las Asociaciones u ONGs deberán presentar un proyecto de las actividades para las que se solicita la subvención en el que se recojan la justificación del proyecto, objetivos y actividades, valoración económica, recursos humanos y materiales e indicadores de evaluación, que serán recogidas según los Anexos.
  • La solicitud y documentación deberá dirigirse al Excelentísimo Señor Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
  • Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Consejería de Sanidad o a través de cualquiera de las formas establecidas por ley, según el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común de la Comunidad de Madrid.
  • El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la Orden en el BOCM.
Información adicional
Datos de Interés
    Las convocatorias tienen carácter anual.

Cáp. I -52