| Servicio que presta |
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Subvenciones a Asociaciones y Organizaciones sin ánimo
de lucro de la Comunidad de Madrid para la realización
de actividades de prevención y promoción
de la salud.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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Asociaciones u organizaciones sin ánimo
de lucro de la Comunidad de Madrid.
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| Organismo responsable |
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Instituto de Salud Pública.
Servicio de Promoción de la Salud y Servicio de Prevención de
la Enfermedad.
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| Persona responsable |
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- Isabel Grandas Alonso.
- Pilar Serra Ribas.
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| Información |
Medios de transporte |
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C/ Julián Camarillo, 4.
28037 Madrid.
Tel.: 902 545 100 / 91 205
23 60
Fax: 91
205 23 79
E-mail:isabel.grandas@madrid.org pilar.serra@madrid.org
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Autobuses: 4, 28, 38, 48, 70, 105 y 109.
Metro: Ciudad Lineal y García Noblejas.
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| Horario de atención
al público |
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De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
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| Normativa aplicable |
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Las bases reguladoras de las Ordenes de concesión
de subvenciones a proyectos de actividades de prevención
de la enfermedad y promoción de la salud
se rigen por la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones
de la Comunidad de Madrid (BOCM 21.3.95).
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| Procedimiento |
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- Los requisitos para acceder al servicio prestado
se presentan en las bases reguladoras de las Órdenes
publicadas anualmente en el BOCM en los primeros
meses del año.
- Las subvenciones serán destinadas al
desarrollo de Proyectos de actuación en
el campo de la prevención de la enfermedad
y la promoción de la salud.
- Las Asociaciones u ONGs deberán presentar
un proyecto de las actividades para las que se
solicita la subvención en el que se recojan
la justificación del proyecto, objetivos
y actividades, valoración económica,
recursos humanos y materiales e indicadores de
evaluación, que serán recogidas
según los Anexos.
- La solicitud y documentación deberá dirigirse
al Excelentísimo Señor Consejero
de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
- Las solicitudes se presentarán en el
Registro General de la Consejería de Sanidad
o a través de cualquiera de las formas
establecidas por ley, según el Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas
y Procedimiento Administrativo Común de
la Comunidad de Madrid.
- El plazo de presentación de las solicitudes
será de 30 días naturales a partir
del siguiente al de la publicación de
la Orden en el BOCM.
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| Información
adicional |
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| Datos de Interés |
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Las convocatorias tienen carácter anual.
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Cáp. I -52