| Servicio que presta |
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- Control sanitario de toda clase de prácticas
sanitarias sobre cadáveres y restos cadavéricos.
- Condiciones técnico-sanitarias de las
empresas y Servicios funerarios, instalaciones
funerarias, tanatorios y cementerios.
- Autorización de traslado de cadáveres.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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- Población general.
- Empresas Funerarias.
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| Organismo responsable |
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Dirección General de Salud Pública y Alimentación
Unidad de Sanidad Mortuoria
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| Persona responsable |
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| Información |
Medios de transporte |
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C/ Hnos. García Noblejas, 37-C, bajo
28037 Madrid
Tfno: 91 204 49 20
Fax: 91 204 49 70
E-mail:
agenciavirtual@salud.madrid.org
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Autobuses: 4, 28, 38, 48, 70, 105, 109
Metro: Ciudad Lineal, García Noblejas
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| Horario de atención
al público |
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- De 9 a 14 horas, de lunes a domingos: atención
a empresas funerarias.
- De 9 a 14 horas, de lunes a viernes: atención
al público.
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| Normativa aplicable |
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- Decreto
124/1997, de 9 de octubre, por el
que se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria,
de la Consejería de Sanidad (BOCM
16.10.97).
- Orden
de 11 de febrero de 1986 por la que
se desarrolla el Decreto 146/1985 de 12 de
diciembre, de Centros, servicios y Establecimientos
Sanitarios (BOCM 22.3.86).
-
Decreto 2263/1974, de 20 de julio
(Gobernación), por el que
se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria
Mortuoria (BOE 17.8.74).
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Decreto 51/2006, de 15 de junio
(B.O.C.M. 24 de junio), Regulador del Régimen Jurídico y Procedimiento de Autorización y Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad de Madrid
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| Procedimiento |
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El registro de documentos se realizará en la
Unidad de Sanidad Mortuoria (C/ Julián
Camarillo, 37, 28037 Madrid).
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| Información
adicional |
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Cáp. I -10