DIRECTORIO

GUÍA DE SERVICIOS

DEFENSOR DEL PACIENTE AYUDA MUTUA ENLACES A HOSPITALES
     
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Salud Pública y Alimentación

SANIDAD MORTUORIA

Servicio que presta
  • Control sanitario de toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos cadavéricos.
  • Condiciones técnico-sanitarias de las empresas y Servicios funerarios, instalaciones funerarias, tanatorios y cementerios.
  • Autorización de traslado de cadáveres.
Población a la que va dirigido el servicio
  • Población general.
  • Empresas Funerarias.
Organismo responsable
    Dirección General de Salud Pública y Alimentación
    Unidad de Sanidad Mortuoria .
Persona responsable
    Juan Raúl Sanz Jiménez.
Información Medios de transporte

C/ Hnos. García Noblejas, 37-C, bajo 28037 Madrid
Tfno: 91 204 49 20
Fax: 91 204 49 70
E-mail: agenciavirtual@salud.madrid.org 

Autobuses: 4, 28, 38, 48, 70, 105, 109 Metro: Ciudad Lineal, García Noblejas .
Horario de atención al público
  • De 9 a 14 horas, de lunes a domingos: atención a empresas funerarias.
  • De 9 a 14 horas, de lunes a viernes: atención al público.
Normativa aplicable
  • Decreto 124/1997, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria, de la Consejería de Sanidad (BOCM 16.10.97).
  • Orden de 11 de febrero de 1986 por la que se desarrolla el Decreto 146/1985 de 12 de diciembre, de Centros, servicios y Establecimientos Sanitarios (BOCM 22.3.86).
  • Decreto 2263/1974, de 20 de julio (Gobernación), por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (BOE 17.8.74).
  • Decreto 51/2006, de 15 de junio (B.O.C.M. 24 de junio), Regulador del Régimen Jurídico y Procedimiento de Autorización y Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad de Madrid
Procedimiento
    El registro de documentos se realizará en la Unidad de Sanidad Mortuoria (C/ Julián Camarillo, 37, 28037 Madrid).
Información adicional

Cáp. I -10