| Servicio que presta |
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- Inspección y control sanitario de las carnes
destinadas al consumo, procedentes de cerdos
sacrificados en régimen de matanza domiciliaria y
de animales abatidos en monterías y cacerías.
- Información técnica y administrativa sobre el
control sanitario, transporte de los
mismos.
- Coordinación de Veterinarios Colaboradores
autorizados para la Campaña Anual
- Matanzas Domiciliarias de Monterías y Cacerías
en la Comunidad de Madrid.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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- Ayuntamientos.
- Población general.
- Cazadores y cotos de caza.
- Colegio oficial de veterinarios de Madrid y
otros Organismos públicos y privados.
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| Organismo responsable |
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Instituto de Salud Pública.
Servicio de Sanidad Ambiental.
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| Persona responsable |
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Cristina Escacena Sainz (TSSP Sección de
Zoonosis y Riesgos Biológicos).
Sonia García Gómez (Jefa de Sección de Zoonosis y
Riesgos Biológicos).
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| Información |
Medios de transporte |
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C/ Julián Camarillo, 4b.
28037 Madrid.
Tel: 91 205 22 62/69
Fax: 91 205 22 79E-mail: sonia.garcia@salud.madrid.org
cristina.escacena@salud.madrid.org
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Autobuses: 4, 28, 38, 48, 70, 105 y 109.
Metro: Ciudad Lineal y García Noblejas.
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| Horario de atención
al público |
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De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
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| Normativa aplicable |
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- Orden
2138/1996, de 25 de septiembre de
la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM
30.9.96)
- Orden
2139 /1996, de 25 de septiembre de
la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM
30.9.96).
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| Procedimiento |
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- Todas las reses de caza mayor capturadas en la
Comunidad de Madrid y las de caza menor que se
destinen a comercialización, así como la totalidad
de cerdos sacrificados en régimen de matanza
domiciliaria, en cumplimiento de las Órdenes
2138/96 y 2139/96 de la Consejería de Sanidad,
deben ser inspeccionadas por un veterinario
debidamente autorizado por la Dirección General de
Salud Pública y Alimentación.
- Ninguno de estos animales puede ser
comercializado, en ninguna modalidad, directamente
por el cazador u organizador del sacrificio.
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| Información
adicional |
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Cáp. I -33